{"id":103,"date":"2025-06-20T16:32:05","date_gmt":"2025-06-20T16:32:05","guid":{"rendered":"https:\/\/organizaciongts.com.ar\/novedades\/?p=103"},"modified":"2025-06-20T16:32:42","modified_gmt":"2025-06-20T16:32:42","slug":"drones-todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-regulaciones-y-seguros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/organizaciongts.com.ar\/novedades\/drones-todo-lo-que-necesitas-saber-sobre-regulaciones-y-seguros\/","title":{"rendered":"Drones: todo lo que necesitas saber sobre regulaciones y seguros"},"content":{"rendered":"<p>La creciente popularidad de los drones plantea preguntas cr\u00edticas sobre su regulaci\u00f3n y cobertura. En este art\u00edculo, exploramos los diversos usos de estos dispositivos, las normativas vigentes y c\u00f3mo elegir el seguro adecuado para su operaci\u00f3n, asegurando as\u00ed tanto la legalidad como la seguridad.<\/p>\n<p>Si hoy en d\u00eda el uso de drones\u00a0 se encuentra cada vez m\u00e1s popularizado, encontrando variedad de tama\u00f1os y modelos que se adaptan al uso y fin que se busque con ellos, ya sea uso recreativo, comercial, cient\u00edfico, seguridad o deportivo, una pregunta recurrente y crucial en lo que hace a la labor del PAS tiene que ver con su regulaci\u00f3n y cobertura.<\/p>\n<p>Ahora bien cuando hablamos tipos de drones es importante saber que estos veh\u00edculos capaces de volar y ser comandados a distancia, sin requerir la participaci\u00f3n f\u00edsica de un piloto, se est\u00e1n convirtiendo de una utilidad imprescindible en varios sectores de la sociedad, incluidos el seguro, y es por ello que resulta fundamental para todo PAS conocer qu\u00e9 dice la ley al respecto y si existe alg\u00fan tipo de regulaci\u00f3n o ley que los ata\u00f1e en espec\u00edfico.<\/p>\n<p>Antes de meternos de lleno en lo legal, un breve repaso por sus usos:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Agricultura de Precisi\u00f3n:<\/strong>\u00a0los drones se usan para monitorear cultivos, analizar el estado de las plantas, detectar plagas y enfermedades. Siendo tambi\u00e9n utilizados en los seguros para el agro tanto en la evaluaci\u00f3n y suscripci\u00f3n de riesgos como en la liquidaci\u00f3n de un siniestro.<\/li>\n<li><strong>Cartograf\u00eda y Fotogrametr\u00eda:<\/strong>\u00a0los drones permiten realizar mapas y modelos 3D de terrenos.<\/li>\n<li><strong>Seguridad y Vigilancia:<\/strong>\u00a0son utilizados por fuerzas de seguridad para tareas de vigilancia en \u00e1reas urbanas y rurales, monitoreo de fronteras y control de eventos masivos.<\/li>\n<li><strong>Medios de Comunicaci\u00f3n y Cine:<\/strong>\u00a0los drones se emplean para capturar im\u00e1genes a\u00e9reas en producciones cinematogr\u00e1ficas, publicitarias y period\u00edsticas.<\/li>\n<li><strong>Rescate y Emergencias:<\/strong>\u00a0en situaciones de desastres naturales o accidentes, los drones ayudan a localizar personas, evaluar da\u00f1os y entregar suministros en \u00e1reas de dif\u00edcil acceso. En lo que hace a seguros, logran realizar inspecciones r\u00e1pidas y detalladas en \u00e1reas afectadas por desastres naturales, como inundaciones, incendios o terremotos.<\/li>\n<li><strong>Inspecci\u00f3n de Infraestructura:<\/strong> los drones se utilizan para inspeccionar y monitorear infraestructuras cr\u00edticas como puentes, torres de telecomunicaciones, l\u00edneas el\u00e9ctricas y oleoductos, lo que mejora la seguridad y reduce costos de inspecci\u00f3n. En seguros propiamente, permiten inspeccionar tanto infraestructura cr\u00edtica como todo tipo de propiedades o activos antes de la emisi\u00f3n de una p\u00f3liza de seguros, permitiendo una evaluaci\u00f3n m\u00e1s precisa de los riesgos asociados<\/li>\n<\/ul>\n<p><span class=\"font-977458\"><strong>Seguros sobre drones: \u00bfQu\u00e9 hay que saber?<\/strong><\/span><\/p>\n<p>A ra\u00edz de la versatilidad de estos aparatos comandados, que con tecnolog\u00eda aplicada son capaces de ser utilizados hasta en el campo militar, fue imprescindible la intervenci\u00f3n de instituciones del Estado para delimitar y regular los distintos usos de estos junto a sus riesgos asociados.<\/p>\n<p><em>\u201cEn nuestro pa\u00eds intervienen en su ordenamiento, control y reglamentaci\u00f3n, la Administraci\u00f3n Nacional de Aviaci\u00f3n Civil (ANAC) a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n 527\/2015 y del c\u00f3digo aeron\u00e1utico (ley 17.285). Del mismo modo, en cuanto a los riesgos asociados, lo hace la Superintendencia de Seguros de la Naci\u00f3n (SSN) a partir de la resoluci\u00f3n 40.250\/2016\u201d.<\/em><\/p>\n<p>El ANAC, como m\u00e1xima autoridad aeron\u00e1utica argentina, establece con la resoluci\u00f3n 527\/2015 (reglamento provisional de los veh\u00edculos a\u00e9reos no tripulados: VANT), un marco normativo para el uso de drones en el \u00e1mbito territorial del pa\u00eds. Ante todo, los clasifica por su peso, divido en tres categor\u00edas: seg\u00fan pesen hasta 10kg (categor\u00eda A), entre 10 kg y 150 kg (categor\u00eda B) y m\u00e1s de 150 kg (categor\u00eda C). Tambi\u00e9n exige que las clases de drones mayores a 10 kg (clase B y C) deben anotarse en un registro en el ANAC y asimismo quienes operen estos drones deben obtener un \u201cCertificado de Idoneidad de Piloto de VANT\u201d, es decir que contaran con una licencia de pilotos que convalida su destreza en el manejo de los aparatos, demostrando idoneidad en formaci\u00f3n, conocimiento de la normativa y habilidades de operaci\u00f3n segura.<\/p>\n<p>Luego dentro de las cuestiones m\u00e1s importantes que regula podemos mencionar que delimita las \u201czonas de operaci\u00f3n del dron\u201d, prohibiendo l\u00f3gicamente su uso en zonas pr\u00f3ximas a aeropuertos, instalaciones militares o \u00e1reas densamente pobladas entre otras. Del mismo modo, determina la \u201caltitud y distancia del vuelo\u201d, indicando que los drones deber\u00e1n mantenerse en todo momento dentro de la l\u00ednea de visi\u00f3n directa del operador y que no puede volar a m\u00e1s de 120 metros sin autorizaci\u00f3n expresa del ente de contralor.<\/p>\n<p><em>\u201cEn lo relativo a los riesgos que generan los drones, la resoluci\u00f3n del ANAC, define que los propietarios u operadores de veh\u00edculos a\u00e9reos pilotados a distancia o sistemas de veh\u00edculos a\u00e9reos pilotados a distancia est\u00e1n obligados a contratar un seguro de responsabilidad por los da\u00f1os a terceros que pudiera ocasionar su operaci\u00f3n. Adem\u00e1s, indica expresamente que no se autorizar\u00e1 la circulaci\u00f3n a\u00e9rea de veh\u00edculo alguno a menos que acredite el seguro, agregando que las coberturas de riesgos no podr\u00e1n ser inferiores a las establecidas, para aeronaves, en el art\u00edculo 160 del C\u00f3digo Aeron\u00e1utico\u201d<\/em>, PAS y miembro de la comisi\u00f3n t\u00e9cnica de AAPAS y Lic. en Gesti\u00f3n de Seguros.<\/p>\n<p>Cabe advertir que el art\u00edculo responsabiliza al explotador por cada accidente hasta el l\u00edmite de la suma equivalente en pesos al n\u00famero de argentinos oro que resulta de una escala, de acuerdo con la cotizaci\u00f3n del banco central de la rep\u00fablica argentina que \u00e9stos tengan en el momento de ocurrir el hecho generador de la responsabilidad. Es decir que la suma asegurada que debe contener el seguro est\u00e1 \u00edntegramente vinculada al valor del oro, determinadas seg\u00fan escalas que surgen de una cantidad de \u201cvalor oro\u201d de acuerdo con el \u201cpeso\u201d del dron.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el especialista, en concordancia con lo establecido por el ANAC, la superintendencia dictamin\u00f3 la resoluci\u00f3n 40.250\/2016 para definir c\u00f3mo deben estructurarse las p\u00f3lizas de estos seguros: tanto en lo que hace a las condiciones contractuales del seguro de responsabilidad civil de drones, como a la determinaci\u00f3n de su suma asegurada, franquicias y el \u201canexo de exclusiones a la cobertura\u201d que deben contener las mismas de acuerdo a lo que las coberturas otorguen.<\/p>\n<p><span class=\"font-977458\"><strong>\u00bfQu\u00e9 elegir y por qu\u00e9?<\/strong><\/span><\/p>\n<p>En l\u00ednea con las regulaciones y ante la pregunta sobre si existe un tipo de seguro espec\u00edfico que abarque el uso de drones o con qu\u00e9 otros seguros se puede complementar, podemos descubrir en el mercado asegurador un abanico amplio de productos, que entre sus principales condiciones y beneficios destacan a los siguientes:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Destinatarios de las coberturas:<\/strong>\u00a0podr\u00e1n ser personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas, ya sean propietarias u operadoras de veh\u00edculos a\u00e9reos no tripulados, cualquiera sea su peso y el uso que se le d\u00e9.<\/li>\n<li><strong>Cobertura b\u00e1sica:<\/strong>\u00a0ser\u00e1 mantener indemne al asegurado y\/o la persona (piloto de mando) autorizados a operar el veh\u00edculo a distancia, por cuanto deba a un tercero por los da\u00f1os causados por ese veh\u00edculo a\u00e9reo pilotado a distancia o por la carga que transporte en condiciones reglamentarias, tantos por lesiones y\/o muerte de terceros como por da\u00f1os materiales a cosas de terceros.<\/li>\n<li><strong>Adicionales de coberturas:<\/strong>\u00a0se puede llegar ampliar a cobertura de incendio, robo y da\u00f1os.<\/li>\n<li><strong>Sumas aseguradas:<\/strong>\u00a0los montos m\u00ednimos est\u00e1n en l\u00ednea con lo exigido por el art\u00edculo 160 del c\u00f3digo aeron\u00e1utico y los m\u00e1ximos son seg\u00fan las pautas de suscripci\u00f3n de cada aseguradora que ofrece el producto.<\/li>\n<li><strong>Franquicias:<\/strong>\u00a0var\u00edan seg\u00fan se le de uso recreativo o comercial, deportivo, seguridad o cient\u00edfico dependiendo de la aseguradora. Pudi\u00e9ndose pactar incluso en alguna opci\u00f3n sin franquicia.<\/li>\n<li><strong>Exclusiones:<\/strong>\u00a0podemos destacar entre las principales, solo por mencionar algunas, a: aquellos veh\u00edculos pilotados que no posean autorizaci\u00f3n de la autoridad de control, operaci\u00f3n simult\u00e1nea de m\u00e1s de un veh\u00edculo por el mismo operador, transporte de personas o cargas salvo que estuviera expresamente autorizado por el riesgo cubierto, encontrarse el piloto bajo efectos del alcohol o drogas, utilizaci\u00f3n del dron por terceros ajenos o menores de 18 a\u00f1os, realizar operaciones fueras de los l\u00edmites autorizados por el ANAC en resoluci\u00f3n 527\/2015, entre otras.<\/li>\n<\/ul>\n<p><em>\u201cEs importante que como productores asesores de seguros que no solo conozcamos las coberturas que mitigan los riesgos que crean los drones, sino que sepamos explicar la regulaci\u00f3n a fin de poder tambi\u00e9n orientar al asegurado sobre la normativa vigente y que en un eventual siniestro da\u00f1oso no se presente ninguna situaci\u00f3n de las estipuladas en sus exclusiones de cobertura o por fuera de la delimitaci\u00f3n del riesgo cubierto. Lograremos as\u00ed que el seguro cumpla su raz\u00f3n de ser: mantener indemne al asegurado y\/o piloto de mando\u201d<\/em><\/p>\n<p>El curioso mundo de los drones presenta as\u00ed una oportunidad por dem\u00e1s interesante, para aquellos productores que decidan profundizar sus conocimientos sobre las coberturas disponibles en el mercado asegurador, para los distintos segmentos de utilizaci\u00f3n de estos artefactos<strong>.<\/strong>\u00ab<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La creciente popularidad de los drones plantea preguntas cr\u00edticas sobre su regulaci\u00f3n y cobertura. En este art\u00edculo, exploramos los diversos usos de estos dispositivos, las normativas vigentes y c\u00f3mo elegir el seguro adecuado para su operaci\u00f3n, asegurando as\u00ed tanto la legalidad como la seguridad. 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